Comunicado contra la inmatriculación de la catedral de Jerez

En 1998 el Gobierno Central del Partido Popular, presidido por José María Aznar, modificó el Reglamento Hipotecario para permitir la inscripción de templos de culto en el registro de la propiedad, lo que hasta entonces no era posible por su naturaleza, históricamente pública. Para aprovechar esta nueva medida, la jerarquía católica, en nuestro caso, el obispado de Jerez, resucitó el uso de dos normas franquistas e inconstitucionales, aprobadas en 1946 y 1947: los artículos 206 de la Ley Hipotecaria y 304 del Reglamento Hipotecario. El primero equiparaba a la Iglesia con la Administración Pública, otorgándole el privilegio de acceder al registro de la propiedad sin título, el segundo, a los diocesanos con los notarios, de forma que un obispo puede certificarse a sí mismo que es el propietario de un inmueble atendiendo a lo que él mismo defienda.

Momento en el que se ofrece el comunicado a los medios.

Con fecha 1 de noviembre de 2003 el obispado de Jerez inmatriculó1 la Colegial bajo el amparo legal referido, lo que la desposeyó como propietario legítimo al pueblo de Jerez. Por 30 € el obispado se adjudicó una propiedad de un valor incalculable hoy día, riéndose del pueblo de Jerez que con tanto esfuerzo y sacrificio edificó su iglesia.

En efecto, según fuentes consultadas, desde 1695 en que de las ruinas de la antigua iglesia del Salvador se comienza a construir, hasta su inauguración en 1778, pasaron 83 años en los que a través de impuestos, donaciones y aportaciones del Ayuntamiento, el templo se elevó gracias al esfuerzo de la ciudadanía de aquella época, pero nunca al esfuerzo económico del cabildo jerezano.

  • Así, por aportación del Ayuntamiento sobre las dehesas por orden real en los años 1685, 1724, 1740 y 1753 se contribuye con un total de 1 368 000 reales de vellón que era un equivalente al valor de 390 casas de la época.
  • Por impuestos obligatorios, destinados a la obra de la Colegial, de 8 reales por cada bota de vino que saliese y el medio por ciento de toda la carga que entrase y quedase en la ciudad, y 2000 ducados que daba la ciudad cada año. Incluso en 1724 se concedió el 1,5 % de lo que entrase en aduana, excepto frutas y comestibles, durante 20 años.
  • Limosnas, especialmente la herencia del cardenal Manuel Arias.
  • Beneficio papal de que se destine a las obras las limosnas de las misas alcanzadas (cobradas pero no celebradas). Es decir, dinero de los jerezanos también.

Vista general de la catedral, torre y, en primer término, el reducto bajo.

En definitiva, el pueblo de Jerez costeó su catedral y el obispado se la quedó. Es necesario resaltar que la Plataforma Laicista de Jerez no se opone al uso religioso del templo sino a la apropiación de un inmueble común por una entidad privada. El caso de la Cartuja es paradigmático: un dueño, el Estado, un usuario, una orden religiosa.

Llamamos la atención también de la perfidia del obispado al inmatricular la catedral sin anunciar al pueblo de Jerez el acto de adjudicación. Un hecho de tal relevancia debería haber sido comunicado a Jerez y no llevado a cabo con el sigilo que se hizo.

Por otro lado, hay que resaltar igualmente que la Iglesia se ha adjudicado las calles adyacentes, las escalinatas y la torre en un afán acaparador que el Estado le ha permitido.

Por todo ello, exigimos la devolución de la propiedad del templo al pueblo de Jerez y que el Ayuntamiento delimite y pleitee, al menos, por la recuperación de las calles, escalinatas y la torre.





Desde la Plataforma Laicista de Jerez demandamos la denuncia y derogación del Concordato y los Acuerdos del Estado español con la Santa Sede, así como todos los suscritos en el mismo sentido con otras confesiones religiosas.


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