Unidos Podemos reclama en el Congreso, con una PNL, el inventario de inmatriculaciones de la Iglesia católica

El Grupo Parlamentario Confederal Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, presenta, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, la presente Proposición no de Ley para su debate y aprobación en la Comisión de Cultura, relativa al inventariado de bienes inmatriculados por la Iglesia Católica Apostólica Romana (ICAR).

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En 1998, el Gobierno del Partido Popular, presidido por José María Aznar, modificó el Reglamento Hipotecario para permitir la inscripción de templos de culto en el registro de la propiedad, lo cual hasta entonces no era posible por su naturaleza históricamente pública.

Para aprovechar esta nueva norma, la jerarquía católica resucitó el uso de dos normas franquistas e inconstitucionales, aprobadas en 1946 y 1947: los artículos 206 de la Ley Hipotecaria y 304 del Reglamento Hipotecario. El primero equipara a la Iglesia con la Administración Pública, otorgándole el privilegio de acceder al registro de la propiedad sin aportar título. El segundo artículo equipara a los diocesanos con notarios, de forma que un obispo puede certificarse a sí mismo que es el propietario de un inmueble atendiendo a lo que él mismo argumente.

Esos privilegios son a todas luces inconstitucionales y esas normas deben entenderse automáticamente derogadas con la entrada en vigor de la Constitución sin necesidad de eliminación expresa. Ambos artículos han sido incluso reprobados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Desde entonces, la presión ciudadana y política ha desvelado numerosos escándalos, a partir de los cuales tuvo lugar la aprobación de la Ley 13/2015 del 24 de junio, que modifica la Ley Hipotecaria para eliminar el privilegio registral mencionado. Sin embargo, lo hace sin efectos retroactivos, con lo que, de hecho, se genera una situación de “amnistía registral” sobre los incalculables bienes inscritos por la Iglesia Católica sin presentar título de propiedad. A día de hoy, la única forma de recuperar esos bienes públicos es acudir a los tribunales caso por caso, tarea prácticamente imposible debido a la cantidad de inmuebles en cuestión e injusta, de partida, por el procedimiento de su inscripción.

Por todo ello se presenta la siguiente:

PROPOSICIÓN NO DE LEY

Impulsar, en colaboración con las CC.AA y los municipios, los recursos necesarios para el inventariado de inscripciones de propiedad realizadas en virtud de los artículos 206 de la Ley Hipotecaria y 304 del Reglamento Hipotecario por parte del a Iglesia Católica (ICAR) y tomar las medidas oportunas para establecer el carácter retroactivo en la Ley 13/2015, de 24 de junio, en todo el periodo democrático desde 1978, con vistas a recuperar y promover el patrimonio público perdido.





Desde la Plataforma Laicista de Jerez demandamos la denuncia y derogación del Concordato y los Acuerdos del Estado español con la Santa Sede, así como todos los suscritos en el mismo sentido con otras confesiones religiosas.


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