
Imagen de archivo del Pleno municipal (fuente: Ayto. de Jerez)
Después de la negativa por parte del Ayuntamiento a facilitarnos la información requerida a través del Portal de Transparencia, hemos solicitado directamente al Pleno mediante ruego y a través del Grupo Municipal de IU, dicha información. Este ruego fue presentado en el Pleno del pasado mes de julio, celebrado el día 26, siendo aceptado por el Gobierno Municipal, concretamente por el Delegado de Economía.
Tras la aceptación, el Delegado convocó al Grupo Municipal de IU a una reunión el pasado 2 de agosto con técnicos de economía y recaudación para analizar y proporcionar la información concerniente a las distintas solicitudes especificadas en el ruego.
Durante la reunión se fueron abordando una a una las 3 solicitudes presentadas en el Pleno y que resumimos a continuación:
1.- Investigar la posible propiedad pública de diversos inmuebles declarados Bien de Interés Cultural (BIC), actualmente inmatriculados por el Obispado de Asidonia-Jerez. Para ello, solicitamos al Ayuntamiento de Jerez de la Frontera que inste a la Dirección General de Patrimonio sobre la propiedad de los inmuebles referidos a continuación:
- Iglesia de Santiago (BIC n.º 51 – 0000495 – 00000), declarada Monumento Histórico-Artístico perteneciente al Tesoro Artístico Nacional por Decreto del 3 de junio de 1931.
- Iglesia de San Marcos (BIC n.º 51 – 0000496 – 00000), declarada Monumento Histórico-Artístico perteneciente al Tesoro Artístico Nacional por Decreto del 3 de junio de 1931.
- Iglesia de San Miguel (BIC n.º 51 – 0000497 – 00000), declarada Monumento Histórico-Artístico perteneciente al Tesoro Artístico Nacional por Decreto del 3 de junio de 1931.
- Iglesia Colegial de El Salvador (BIC n.º 51 – 0000498 – 00000), declarada Monumento Histórico-Artístico perteneciente al Tesoro Artístico Nacional por Decreto del 3 de junio de 1931.
- Iglesia de San Dionisio (BIC n.º 51 – 0001605 – 00000), declarada Monumento Histórico-Artístico el 5 de marzo de 1964, por Decreto 614/1964, y tutelada por el entonces Ministerio de Educación Nacional bajo la protección del Estado.
Respecto a este primer punto, y teniendo en cuenta que los representantes municipales asistentes a la reunión pertenecían a las áreas de economía y recaudación, el Delegado se comprometió a darle traslado del asunto al Área de Patrimonio para que emitan un informe al respecto, y a convocar una nueva reunión para su análisis una vez le faciliten el mismo.
En cuanto al plazo para la entrega del mencionado informe no pudieron comprometerse a fijar ninguno, alegando que no depende de ellos sino de Patrimonio, y desconocían la carga de trabajo que tiene actualmente dicha área.
2.- Obtener la relación de inmuebles propiedad de la Iglesia católica que, sin estar dentro de los supuestos de exención, no estén al corriente del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).
En relación a este segundo punto, les transmitieron que por motivos legales no les podían facilitar ningún tipo de dato fiscal, pero les aseguraron que a este respecto no se le hace ningún tipo de concesión a la Iglesia.
También les dijeron que suele estar al corriente de pago del IBI, y que en caso de que no lo hiciera en los plazos legales establecidos, pues que se procede a poner en marcha la vía ejecutiva, tal y como se hace con cualquier vecino o persona jurídica que deba tributar sus impuestos en la ciudad.
3.- Revisar los expedientes que dieron lugar a la exención de impuestos de la que gozan ciertos inmuebles propiedad de la Iglesia Católica, comprobando si cumplen los motivos de exención alegados en su momento para obtenerla.
Con respecto a este punto informaron de que hay que distinguir entre los expedientes que están informatizados y los más antiguos, que eran muchos, los cuales sólo se tienen en formato papel y hay que buscarlos en el archivo.
En este sentido, les trasladaron que los informatizados habían sido revisados y que todos cumplían con la legislación vigente respecto a los motivos de exención, por lo que tan sólo habría que proceder a revisar los no informatizados. Igualmente les informaron de que la causa principal por la que los expedientes dejan de cumplir con los requisitos de exención, suele ser el cambio de uso que en su día se le daba a los inmuebles, por lo que el trabajo, más que concentrarse en la revisión de la documentación incluida en los expedientes, consiste en visitar los inmuebles para verificar que su uso sigue siendo el mismo que el alegado en los expedientes, u otro que también pudiera ser objeto de exención.
Así, les dijeron que debido a la carga de trabajo y a la escasez de personal, este trabajo era complicado de hacer, ya que son muchos los expedientes y hay que hacer visitas sobre el terreno, y que por tanto, lo que iban a hacer es proceder a revisar una muestra de los mismos (6-8) y en función de los resultados, ir ampliando el número de los expedientes a revisar. En cuanto a plazos, hablaron de varios meses, 4 o 5.
No obstante, también les dijeron que si tenían sospechas de algunos inmuebles en particular, que le facilitasen la relación de los mismos, ya que de esta forma no habría que seleccionar entre los expedientes, lo cual acortaría mucho los plazos. Igualmente, y por evitar suspicacias al respecto, les ofrecieron la posibilidad de acompañar a los técnicos durante las visitas, de manera que pudieran comprobar personalmente que se estaban realizando las mismas, así como el resultado de dichas inspecciones.
Desde la Plataforma Laicista de Jerez demandamos la denuncia y derogación del Concordato y los Acuerdos del Estado español con la Santa Sede, así como todos los suscritos en el mismo sentido con otras confesiones religiosas.